LICENCIA TURÍSTICA
SANTA POLA
REQUISITOS LICENCIA TURÍSTICA EN SANTA POLA
LICENCIA DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA
+ LICENICA TURÍSTICA
-
Comprobación de la normativa municipal y requisitos para viviendas turísticas.
-
Realización de la documentación necesaria para obtener la licencia de compatibilidad urbanística.
-
Listado con los teléfonos de emergencia y normas de evacuación para ser colocado en la puerta de entrada según Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell.
-
Una vez obtenida la compatibilidad en en ayuntamiento, se debe entregar la documentación requerida por la Consellería de Turísmo para obtener la licencia turísitica.
PLACA DE VINILO, HOJAS DE RECLAMACIONES, SEGUNDA OCUPACIÓN Y CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
-
Placa de vinilo para ser colocada en la puerta con el logótipo de la Generalitat y el número de registro.
-
Certificado de eficiencia energética.
-
Hojas de reclamación oficiales y cartel indicador de la obligatoriedad de tener hojas de reclamación.
¿ QUÉ PROCESO SE DEBE SEGUIR PARA OBTENER LA LICENCIA TURÍSTICA EN SANTA POLA ?
Lo primero es comprobar en el plan general si está permitido, a continuación el propietario debe asegurarse que la comunidad de propietarios no ha prohibido el alquiler vacacional para lo que el administrador de la finca debe expedir un certificado como que no existe una prohibición en ese sentido.
Una vez se han comprobado estos puntos, se comprobará que la vivienda cumple con la normativa de habitabilidad de la Comunidad Valenciana y los requisitos de vivienda turística. También realizará el plano de evacuación y tomará medidas de todas las estancias.
El primer paso a nivel legal, es obtener la compatibilidad urbanística que otorga el ayuntamiento, este documento indica que en su vivienda el plan general permite el uso turístico.
La compatibilidad urbanística lleva asociado un código que es el que se exigirá en la Conselleria de Turismo para poder expedir la licencia turística definitiva. Para la obtención de esta licencia, el propietario debe firmar que tiene licencia de primera o segunda ocupación, certificado energético, seguro de hogar, certificado de la comunidad de propietarios y que cumple con la normativa de habitabilidad.
PROVINCIA DE ALICANTE:
Albatera | Alcoy | Agost | Aguas de Busot | Alfás del Pi | Algueña | Alicante | Almoradí | Altea | Aspe | Banyeres | Benidorm , Benisa | Biar | Bigastro | Busot | Castalla | Crevillente | Calpe | Cocentaina | Cox | Daya Nueva | Daya Vieja | Formentera del Segura | Denia | Dolores | Elda | Elche | El Campello | Finestrat | Gata de Gorgos | Guardamar del Segura | Ibi | Jávea | Jijona | Montesinos | Monovar | Muro de Alcoy | Mutxamel | Novelda | Ondara | Onil | Orihuela | Petrel | Pedreguer | Pinoso | Rojales | Salinas | Sax | Santa Pola | Sant Joan d'Alacant | San Vicente del Raspeig | Sella | Teulada | Torrevieja | Villena | Villajoyosa |
PROVINCIA DE VALENCIA:
Alaquàs | Albal | Alboraia | Alcira | Aldaya | Alfafar | Algemesí | Benetúser | Bétera | Burjasot | Carcagente | Carlet | Catarroja | Chirivella Chiva | Quart de Poblet | Cullera | L'Eliana | Gandía | Xátiva | Manises | Masamagrell | Mislata | Moncada | Oliva | Ontinyent | Paiporta Paterna | Picassent Puzol | Ribarroja del Turia | Sagunto | Silla | Sueca | Torrent | Valencia | Daimuz